LA JUSTICIA ORDENA QUE EL ESTADO REINCORPORE A UN TRABAJADOR DESPEDIDO QUE HABIA INGRESADO POR EL CUPO TRANS

(12 de mayo) El Juzgado Nacional de primera Instancia del Trabajo N°13 dictó una sentencia con la que le ordena a la Casa de Moneda Sociedad del Estado que reincorpore a su lugar de trabajo a un estatal que había ingresado por Cupo Trans.

Más tarde había sido despedido de forma discriminatoria por su identidad y expresión de género, explicaron desde la Junta Interna de ATE Casa de Moneda y el Consejo Directivo de ATE Capital.

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Según especificaron «tanto la Jueza como el Fiscal, entendieron que todos los hechos de discriminación y violencia laboral vivenciados por el trabajador durante su carrera en Casa de Moneda por ser una persona trans no binaria, los cuales desembocaron en su despido, contrarían los derechos consagrados por la ley antidiscriminatoria (23.592), la ley de identidad de género (26.743), la ley de promoción del acceso al empleo formal para personas travestis, transexuales y transgénero “Diana Sacayán – Lohana Berkins” (27.636), nuestra Constitución Nacional y Tratados Internacionales».

Asimismo, se sostuvo que no podía soslayarse que «el trabajador integra un colectivo históricamente relegado y sometido a prácticas asimétricas en el mundo del trabajo y que el principio de no discriminación encuentra su fundamento en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos entre todos los seres humanos, sea cual fuere la identidad de género de estos».

Para la Justicia, entonces, que el Estado tiene la obligación de garantizar los derechos humanos, se le impone a este la adopción de medidas apropiadas para restablecer dicha igualdad cuando no ha sido respetada, lo que en el caso se logra con la reincorporación del trabajador a su lugar de trabajo.

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