(9 de julio) La Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativo Federal resolvió ratificar el rechazo al pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT), que solicitaba suspender de manera provisional la aplicación de 81 artículos de la Ley N° 27.802 de Modernización Laboral hasta resolver los cuestionamientos de fondo contra la nueva legislación. Con este fallo, el tribunal sepultó la estrategia judicial de la central obrera que buscaba congelar la reforma mientras se tramita la causa principal.
La resolución, que lleva las firmas de los camaristas Rogelio Vincenti y Jorge Eduardo Morán, convalidó el criterio adoptado previamente por la magistrada de primera instancia. El fallo de alzada determinó de forma unánime que la presentación efectuada por los abogados de la central obrera excede los límites técnicos y los requisitos procesales exigidos para el dictado de una medida de carácter urgente. De este modo, las modificaciones estructurales impulsadas por el oficialismo continuarán plenamente vigentes en el territorio nacional.
Al momento de fundamentar el rechazo, los jueces Vincenti y Morán explicaron que un incidente cautelar carece de la naturaleza jurídica adecuada para resolver si un conjunto de normas lesiona los preceptos fundamentales de la Carta Magna. Los magistrados recordaron que la Ley 27.802 fue sancionada por el Congreso de la Nación siguiendo los mecanismos formales preestablecidos por el orden constitucional. En consecuencia, los camaristas advirtieron sobre el peligro de interferir en la división de poderes, señalando textualmente en los considerandos que: “examinar el pedido de inconstitucionalidad para decidir una suspensión provisional significaría adelantar una decisión sobre el fondo del asunto”.
El tribunal del fuero Contencioso Administrativo remarcó que suspender de forma generalizada y con efectos para toda la población una ley del Poder Legislativo exige parámetros de evaluación “especialmente estrictos”, en sintonía con la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En esa línea, los jueces subrayaron las falencias probatorias del planteo sindical en esta instancia preliminar: “Otorgar una medida como la solicitada por la CGT sólo corresponde cuando existen indicios serios y graves sobre la ilegilimidad de una norma. En este caso, tales indicios no se pudieron demostrar en esta etapa preliminar”.
Para el tribunal, la CGT no aportó argumentos de peso suficientes para neutralizar la validez jurídica originaria de la reforma laboral: “La parte recurrente no logra rebatir los fundamentos expuestos en la resolución apelada, cuyos términos impiden desplazar la carga de inercia del status quo que el legislador ha puesto en cabeza de quien pretenda desvirtuar la presunción de legitimidad de una ley del Congreso”. Del mismo modo, insistieron en que “debe existir una verosimilitud calificada para desplazar la presunción de legitimidad de una ley”.
El eje conceptual de la presentación de la central obrera se centró en la configuración del “peligro en la demora”. En su escrito de apelación, la CGT había alertado que la vigencia inmediata de la Ley de Modernización Laboral provoca perjuicios «graves e irreversibles» a los trabajadores. El equipo jurídico cegetista argumentó que la reforma lesiona de forma directa derechos elementales como el ejercicio de la huelga, las licencias ordinarias, el goce de vacaciones, la estructura salarial, la libre negociación colectiva y el amparo institucional de los representantes sindicales, daños que, según advirtieron, no podrán ser reparados con una sentencia posterior.
Sin embargo, la Cámara Federal descartó de plano la existencia de una urgencia inmediata. Para neutralizar el planteo de la CGT, los magistrados apelaron a los acotados tiempos de tramitación del juicio colectivo, infiriendo que la celeridad del proceso judicial reduce la posibilidad de un perjuicio irreparable. “La razonable proximidad del dictado de la sentencia definitiva evidencia la falta de configuración del requisito de peligro en la demora”, explica el fallo de la Sala IV.
La estrategia del Gobierno nacional para sostener la vigencia de la reforma laboral en los tribunales contó con el respaldo formal de los principales bloques corporativos del sector empresario. Tanto la Unión Industrial Argentina (UIA) como la Sociedad Rural Argentina (SRA) se presentaron en el expediente para exigir el rechazo del recurso cegetista, argumentando que la central sindical pretendía forzar una declaración de inconstitucionalidad en abstracto y con carácter general, desplazando el debate de casos concretos que es el único habilitado en el ordenamiento procesal.
A pesar del duro revés que la denegatoria de la cautelar representa para la estrategia de Azopardo, la discusión sobre el fondo del asunto permanece abierta. Los camaristas aclararon de forma taxativa que la jueza de primera instancia aún no se pronunció sobre la constitucionalidad o invalidez definitiva de la reforma.
Asimismo, de cara al período de deliberación que se avecina en el expediente principal, el tribunal dejó abierta una vía alternativa para los trabajadores al recordar que “la protección de los derechos puede canalizarse por acciones individuales mientras tanto”, habilitando a aquellos trabajadores que consideren vulnerados sus convenios a iniciar demandas particulares en sus respectivos fueros de origen.