(6 de enero) Desde el 1° de enero de 2026 entraron en vigencia los nuevos valores para calcular multas en Riesgos del Trabajo, que alcanzan a empleadores autoasegurados, Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y responsables de garantizar la prevención y atención de accidentes. La medida busca reforzar el cumplimiento de la normativa y evitar sanciones por incumplimientos.
El monto de referencia para las sanciones se fijó en $76.845,85, que servirá como base para calcular las multas en pesos y se ajusta periódicamente según parámetros legales y económicos, reflejando la evolución del haber mínimo y otras variables del sistema. Estas penalidades se aplican ante faltas formales o deficiencias en la prestación de servicios obligatorios.
Los empleadores y aseguradoras deberán revisar sus procesos internos para evitar sanciones elevadas. Recordemos que la actualización afecta a quienes no cumplan con medidas de seguridad, atención médica o gestión de accidentes.
Además, busca que los responsables mantengan estándares adecuados de prevención y protección de los trabajadores, según los detalles del Boletín Oficial.
El régimen de sanciones contempla que las multas se calculan en función de unidades de referencia que luego se traducen a pesos según los valores actualizados.
Cada incumplimiento detectado en inspecciones o denuncias puede derivar en penalidades mayores que las de años anteriores. Esto refuerza la función disuasoria de la normativa.
Con este ajuste, las ART y empleadores autoasegurados deberán prestar especial atención a sus obligaciones legales. Esta medida asegura que los trabajadores reciban cobertura efectiva y que los accidentes laborales sean atendidos correctamente.
En paralelo, refuerza la responsabilidad de los empleadores frente a la prevención y seguridad en el trabajo.